La Autoridad del Agua se constituye a partir de lo establecido en la ley 12257 como entidad de aplicación de las funciones encomendadas al Poder Ejecutivo. Es un ente regulador, y como tal, Ecoaqua opera de manera que se cumpla con todas las normativas requeridas para el aval de la Autoridad del Agua.
El Código de Aguas (Ley 12257) es un instrumento legal que tiene como objeto reglamentar, supervisar y vigilar todas las actividades y obras relativas al estudio, captación, uso, conservación y evacuación del agua.
Para cumplir esa función, ADA establece las especificaciones técnicas que deberán satisfacer las observaciones y mediciones, la recopilación y publicación de información hídrica, las labores, las obras y la prestación de servicios a terceros.